AUTORIZACION AL BPS A OTORGAR UNA CANASTA DE FIN DE AÑO A JUBILADOS, PENSIONISTAS Y BENEFICIARIOS DE LA ASISTENCIA A LA VEJEZ




Promulgación: 24/11/2020
Publicación: 01/12/2020
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 2

   La prestación dispuesta en el artículo anterior se concederá a los beneficiarios comprendidos en el Decreto N° 188/020, de 30 de junio de 2020, y en la Ley N° 18.241, de 27 de diciembre de 2007, que cumplan con las condiciones y requisitos establecidos en dicha normativa, apreciados al 30 de octubre del presente año.
Ayuda