REGLAMENTACION DE LA LEY 19.828, RELATIVA AL REGIMEN DE FOMENTO Y PROTECCION DEL SISTEMA DEPORTIVO




Promulgación: 10/09/2021
Publicación: 22/09/2021
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.828 de 18/09/2019.

Artículo 13

   Los deportistas de 20 (veinte) años o más de edad, una vez obtenido el Certificado de Aptitud Deportiva, deberán presentarlo ante la Secretaría Nacional del Deporte la que expedirá el Carné del Deportista, único documento habilitante para participar en deporte federado.
   La Secretaría Nacional del Deporte se limitará a homologar los extremos que surjan del Certificado de Aptitud Deportiva a efectos de la entrega del Carné del Deportista, en los casos que corresponda.
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