Visto: la iniciativa presupuestal 1986 del Instituto Nacional de Colonización.
Considerando: que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su informe y el Tribunal de Cuentas de la República su dictamen.
Atento: a lo establecido en el artículo 221 de la Constitución de la República,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Apruébase el Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones del Instituto Nacional de Colonización, a partir del 1° de enero de 1986, de acuerdo con el detalle siguiente:
N$ N$
I. Ingresos 709:235.950
1. Ingresos corrientes 547:436.650
1.1 Rentas de activos realizab. 292:878.750
1.1.1 Arrendamientos 266:846.250
1.1.2 Pastoreos 6:532.500
1.1.3 Forestación 8:700.000
1.1.4 Viveros 10:800.000
1.2 Rentas de activos financieros 253:062.900
1.2.1 Intereses de mora 126:599.850
1.2.2 Intereses de Ds. por
Ventas a Plazo 59:711.500
1.2.3 Intereses por
Operaciones de
créditos 180.000
1.2.4 Intereses por nuevo
régimen de
cancelación 1:639.200
1.2.5 Intereses por régimen
de refinanciación de
adeudos 1:249.050
1.2.6 Intereses otras deudas
refinanciadas 2:077.300
1.2.7 Intereses por valores 18:400.000
1.2.8 Reajuste por valores 43:306.000
1.3 Transferencias del Sector
Privado 1:495.000
1.3.1 Multas al personal 200.000
1.3.2 Multas por
incumplimiento art. 35 820.000
1.3.3 Ingresos varios 475.000
2. Ingresos de capital 161:799.300
2.1 Ventas de fracciones
depósito previo 7:600.000
2.2 Ingresos por cuota parte de
amortizac. 141:041.100
2.3 Ingresos por recuperación
de préstamos 232.000
2.4 Ingresos provenientes por
cuota parte de amortización
de deudas refinanciadas 12:926.200
2.4.1 Nuevo régimen de
cancelación 4:553.350
2.4.2 Régimen de
refinanciación de
adeudos 2:602.500
2.4.3 Otras Deudas
refinanciadas 5:770.//información ilegible en
el original//
II) Presupuesto Operativo 350:658.686
Rubro Denominación N$ N$
0 Retrib. Servicios Personales 123:145.802
011311 Sueldos básicos del escalafón
civil 8:142.540
011312 Incremento por mayor horario
perm. 278.292
011315 Diferencia por subrogación 7.488
011316 Aumento abril/85 cargos perman 53.472
019311 Sueldo anual complementario 939.752
021321 Sueldos básicos asimilados al
escalafón civil 58:869.600
021322 Incremento por mayor horario
permanente 19:426.968
021325 Diferencia por subrogación 31.260
021326 Aumento abril/85 cargos
contratados 8:795.508
029321 Sueldo anual complementario
cont. 8:356.493
036331 Retrib. a jornal y destajo 814.488
036332 Increm. por mayor horario
permanente 268.776
036336 Aumento abril/85 jornaleros y
destajo 269.040
039331 Sueldo anual complementario
jornalero y destajo 128.184
061304 Funciones distintas al cargo 1:836.792
061318 Redistrib. de fun. cargos perm. 33.636
061321 Trabajo en horas extras
contratados 15.372
061328 Redistrib. de func. cargos
contratados 27.360
062311 Gastos de representac. 685.056
062318 Prima por antigüedad
presupuestados 399.168
062328 Prima por antigüedad
contratados 12:483.072
062338 Prima por antigüedad
jornaleros 166.928
077 Quebranto de Caja 72.157
08021 Adelanto a cuenta cargos
contratados 1:022.400
08031 Adelanto a cuenta jornaleros
y destajo 72.000
1 Cargas legales sobre serv.
personales 27:076.201
111 Aporte patronal jubilatorio 24:614.729
123 Aporte patronal al f.n.v. 1:230.736
131 Impuesto a las retrib. y
prestaciones 1:230.736
2 Materiales y suministros 25:080.000
3 Servicios no personales 40:800.000
(*)Notas:
Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 313/986 de
11/06/1986.