PRORROGA DE LA REGULACION DE LOS DEPOSITOS ADUANEROS PARTICULARES




Promulgación: 20/08/2002
Publicación: 21/08/2002
Sección: Ultimo Momento
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2002
  •    Página: 430
Referencias a toda la norma

Artículo 2

 Los permisarios podrán solicitar una nueva prórroga del plazo previsto 
en el artículo 28º del Decreto Nº 526/001, de 31 de diciembre de 2001, 
hasta el 31 de diciembre de 2002. A tal efecto, al momento de la 
solicitud deberán constituir un adicional a la garantía exigida en el 
artículo 7º del Decreto Nº 526/001, de 31 de diciembre de 2001, por la 
suma de U$S 150.000,oo (ciento cincuenta mil dólares de los Estados 
Unidos de América).- 
Referencias al artículo
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