Cométese al Ministerio de Industria, Energía y Minería y a la Unidad
Reguladora de Servicios de Comunicaciones la preparación de las propuestas
para el Poder Ejecutivo de los Planes Técnicos, Cronogramas y Marco
Regulatorio que sean necesarias para que la implantación de la Televisión
Digital Terrestre se realice en forma armónica y coherente.