REGLAMENTACION DEL DECRETO LEY 15.661, RELATIVO A LOS REQUISITOS DE CARRERAS DE FORMACION EN EDUCACION PARA RECONOCIMIENTO DE NIVEL UNIVERSITARIO ANTE EL MEC




Promulgación: 26/11/2024
Publicación: 02/12/2024
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

CAPÍTULO IV - De la solicitud de autorización para funcionar y de reconocimiento de nivel académico.

Artículo 30

   (Gastos de tramitación). Todos los gastos que insuman la tramitación y evaluación de las solicitudes de autorización o reconocimiento inicial, y de las solicitudes posteriores que suponen asesoramientos o peritajes, serán de cargo de la respectiva institución de enseñanza.
   El Ministerio de Educación y Cultura podrá requerir el depósito anticipado del importe estimado de esos gastos, antes de dar trámite a los procedimientos pertinentes.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 47 (vigencia).
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