REGLAMENTACION DEL DECRETO LEY 15.661, RELATIVO A LOS REQUISITOS DE CARRERAS DE FORMACION EN EDUCACION PARA RECONOCIMIENTO DE NIVEL UNIVERSITARIO ANTE EL MEC
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 15.661 de 29/10/1984.
CAPÍTULO VII - Innovación académica
Artículo 45
(Suplemento al título). Las instituciones pueden adoptar el "Suplemento al título", aprobado por el Decreto N° 183/024, de 26 de junio de 2024 como documento que refleje cabalmente el tipo de formación obtenida, las características de la institución y la carrera, así como otros datos relevantes. La aplicación de este Suplemento es optativa para las instituciones.