Decreto N° 318/980
MODIFICACION DE LA NOMENCLATURA Y LA TASA GLOBAL ARANCELARIA
Promulgación: 04/06/1980
Publicación: 10/06/1980
- Registro Nacional de Leyes y Decretos:
- Tomo: 1
- Semestre: 1
- Año: 1980
- Página: 1220
Artículo 2
La tasa global arancelaria fijada en el artículo anterior con el 14 %
está compuesta por 10 % de recargo, 4 % de tasa consular.
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