POLITICA DE EMPLEO. EMPLEO JUVENIL




Promulgación: 04/11/1998
Publicación: 13/11/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1998
  •    Página: 1042
Reglamentario/a de: Ley Nº 16.873 Derogada/o de 03/10/1997.
Referencias a toda la norma

CAPITULO V - CONTRATO DE APRENDIZAJE SIMPLE

Artículo 29

  El Contrato de Aprendizaje simple en todos los casos deberá incluir un
Plan de Aprendizaje, a través del cual se especifique la capacitación que
se impartirá, la especialización técnico profesional o idoneidad del
instructor según corresponda y el lugar y las facilidades a otorgar al
aprendiz para la formación. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 30.
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