NORMAS FITOSANITARIAS Y DE CALIDAD PARA LA EXPORTACION DE FRUTAS, HORTALIZAS Y FLORES




Promulgación: 07/06/1978
Publicación: 14/06/1978
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1978
  •    Página: 1094
Referencias a toda la norma

Artículo 5

   Para proceder a la exportación de frutas, hortalizas y flores, que no
se adecuen a las normas de calidad vigentes, se deberá obtener,
previamente, la autorización de la Comisión Honoraria del Plan de
Promoción Granjera o de la Comisión Honoraria Nacional del Plan Citrícola.
La solicitud se efectuará por escrito, detallándose los fundamentos que
motivan la misma.
Referencias al artículo
Ayuda