APROBACION DEL REGLAMENTO TECNICO METROLOGICO PARA LOS ANALIZADORES DE ALCOHOL EN ALIENTO UTILIZADOS PARA LA FISCALIZACION DE LA CONCENTRACION DE ALCOHOL EN SANGRE




Promulgación: 13/11/2017
Publicación: 23/11/2017
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

Artículo 6

   En caso de que no se obtenga la aprobación de modelo el fabricante/importador deberán informar al LATU en el plazo de 180 días corridos el destino de las muestras, no pudiendo importar/comercializar este tipo para fines de fiscalización.
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