El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
A) CLASE DE ADMINISTRACIÓN
Artículo 32
El personal de la DÉCIMA categoría (Contador de Billetes), percibirá su remuneración mensual con ajuste a los Grados que se indican de la Escala Patrón Única:
La presente escala se aplicará en concordancia con el régimen de corrimiento por antigüedad establecido en el Convenio Laboral de fecha 26/12/2012 y reglamentado en los artículos 92° a 96° inclusive de las presentes normas.
La remuneración del cargo comprendido en esta escala se regulará computando la antigüedad total en la categoría.
(*)Notas:
Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 322/018 de
15/10/2018.