El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Artículo 4
ESCALA PATRON UNICA - La remuneración del personal presupuestado del Banco República, se fijará por remisión al grado que en cada caso se establece, y a los importes de la Escala Patrón Única siguiente:
Esta escala es de aplicación para fijar las retribuciones del personal presupuestado, tanto en el ingreso o ascenso al cargo, como para la determinación de los progresivos por antigüedad en el cargo en la escala aplicable, según las normas que se establecen en los artículos siguientes sin perjuicio de los mecanismos reguladores determinados por la disposiciones que se acuerden en materia salarial y sean de aplicación a las fecha de entrada en vigencia el presente presupuesto.
En la escala precedente el valor de cada subgrado acumula un incremento del 25% de la diferencia entre sucesivos grados enteros. En términos del Convenio Laboral firmado el 26 de diciembre de 2012, el medio escalón entre dos grados enteros se denomina subgrado ".2" (subgrado punto dos).
La denominación genérica de los cargos será determinada en forma expresa en estas disposiciones o en su defecto en las planillas presupuestales que son parte integrante de éstas con ajuste al escalafón (ex - clase funcional) y categoría que corresponda.
(*)Notas:
Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 322/018 de
15/10/2018.
Ver en esta norma, artículo:22.