El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
E) CLASE MAESTRANZA
Artículo 44
El personal de la CUARTA categoría percibirá remuneración mensual con ajuste a los Grados que se indican de la Escala Patrón Única:
La presente escala se aplicará en concordancia con el régimen de corrimiento por antigüedad establecido en el Convenio Laboral de fecha 26/12/12 y reglamentado en los artículos 92° a 96° inclusive de las presentes normas.
(*)Notas:
Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 322/018 de
15/10/2018.