Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: el decreto 719/79, de 5 de diciembre de 1979, que faculta al Poder Ejecutivo para disponer la Reestructura y Racionalización Administrativa del Programa 1.06 Unidad Ejecutora 82 "Servicio de Sanidad de las Fuerzas Armadas" del Inciso 3 acorde a lo dispuesto en el artículo 2º de la ley 14.800, de 20 de junio de 1978.
Considerando: I) Que por el referido decreto fueron modificados y se crearon cargos presupuestales en todos los programas del Inciso 3 por lo que se deberán regularizar los escalafones de las distintas dependencias del Ministerio de Defensa Nacional;
II) Que asimismo el Escalafón del Personal Subalterno del Servicio de Sanidad de las Fuerzas Armadas fue organizado en 5 Subescalafones:
Técnico - Especializado, Nurses, Especializado, Administrativo y de Servicio;
III) Que como consecuencia de lo expuesto en los Considerandos anteriores, se hace necesario llenar todas las vacantes creadas en cada uno de los mencionados subescalafones, sin considerar el número de ascensos que pueda corresponderle a los funcionarios involucrados;
IV) Que las necesidades del servicio son notorias, ya que en el referido Organismo existe personal que por una parte no tiene jerarquía adecuada a las funciones especializadas que cumple, y por otra existe también personal que no integra el Subescalafón correspondiente y por lo tanto sería imprescindible su transferencia.
Atento: a los fundamentos expuestos,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
A los efectos de las regularizaciones a que da lugar la Reestructura y
Racionalización Administrativa dispuesta por decreto 719/79, de 5 de diciembre de 1979, facúltase la transferencia entre Subescalafones de
Personal Subalterno, en el Programa 1.06 Unidad Ejecutora 82 "Servicio de
Sanidad de las Fuerzas Armadas" del Inciso 3, con la finalidad de proveer
la totalidad de los cargos asignados a cada escalafón.