Asignaciones Familiares. El pago se regirá por las siguientes normas: para
la Asignación Familiar de acuerdo a las disposiciones de la Ley 16.697 de
25 de abril de 1995; para las Primas por Matrimonio y Nacimiento, de
acuerdo a la Ley 15.767 de 13 de setiembre de 1985; para la Prima por
Hogar Constituído, de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto-Ley 15.728 de
8 de febrero de 1985 y la Ley 15.748 del 14 de junio de 1985.