APLICACION EN EL DERECHO INTERNO EL DENOMINADO "REGLAMENTO TECNICO MERCOSUR SOBRE EL CONTROL METROLOGICO DE PRODUCTOS PREMEDIDOS Y PREENVASADOS COMERCIALIZADOS EN UNIDADES DE LONGITUD O NUMERO DE UNIDADES DE CONTENIDO NOMINAL IGUAL" Y DEROGACION DEL DECRETO 253/010
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: la Resolución N° 20/22 de 28 de setiembre de 2022, del Grupo Mercado Común del MERCOSUR;
RESULTANDO: que por la misma se aprobó el denominado "Reglamento Técnico MERCOSUR sobre el control metrológico de productos premedidos o preenvasados comercializados en unidades de longitud o número de unidades de contenido nominal igual", y que por la misma también se derogó la Resolución GMC N°17/10, internalizada por el Decreto N° 253/010, de 17 de agosto de 2010;
CONSIDERANDO: I) que el artículo 38 del Protocolo Adicional al Tratado de Asunción sobre la Estructura Institucional del MERCOSUR - Protocolo de Ouro Preto - aprobado por Ley N° 16.712 de 1° de setiembre de 1995, establece que los Estados Partes se comprometen a adoptar las medidas necesarias para asegurar en sus respectivos territorios el cumplimiento de las normas emanadas de los órganos correspondientes previstos en el artículo 2° del referido Protocolo;
II) que es necesario proceder de acuerdo con el compromiso asumido por la República en el Protocolo mencionado poniendo en vigencia en el derecho positivo nacional la norma emanada del Grupo Mercado Común referida en el VISTO;
ATENTO: a lo expuesto, lo dispuesto por el Decreto Ley N° 15.298 de 7 de julio de 1982 y la Ley N° 16.196 de 22 de julio de 1991, a lo dictaminado por el Laboratorio Tecnológico del Uruguay y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Declárase aplicable en el derecho interno el denominado "Reglamento Técnico MERCOSUR sobre el control metrológico de productos premedidos o preenvasados comercializados en unidades de longitud o número de unidades de contenido nominal igual", (*) aprobado por Resolución N° 20/22 del Grupo Mercado Común del MERCOSUR, de 28 de setiembre de 2022, que se anexa al presente y forma parte integral del mismo.