FIJACION DE PRECIOS FICTOS PARA LA LIQUIDACION DEL IMPUESTO ESPECIFICO INTERNO. 1989




Promulgación: 30/06/1989
Publicación: 07/12/1989
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 7

   Fíjanse para los tabacos subastados como decomisos de Aduana, los precios fictos, tasa e impuestos, que se detallan a efectos de la liquidación del Impuesto Específico Interno correspondiente al semestre junio-diciembre de 1989:

Tabacos                          Ficto         Tasa           Impuesto
                                   N$            %                N$
Tipo Amarelinho                   161            25               40
Tipo Hebra Negra                  132            25               33
Tipo Hebra Blanca                 132            25               33

Estos valores corresponden a paquetes de 45 gramos de contenido neto,
para el caso de paquetes con declaración de contenido neto diferente,
los precios fictos se calcularán en forma proporcional. 

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