DECLARACION DE INTERES NACIONAL. ACTIVIDAD DE REHABILITACION DEL TRAMO FERROVIARIO ALGORTA - FRAY BENTOS




Promulgación: 07/12/2015
Publicación: 17/12/2015
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 3-BIS

   Las entidades que desarrollen las actividades promovidas incluirán en
las facturas correspondientes a los Contratos de Participación Público-
Privada el Impuesto al Valor Agregado, el que será devuelto al adquirente
mediante certificados de crédito según el procedimiento correspondiente a
los exportadores, en las condiciones que determine la Dirección General
Impositiva.

   A los solos efectos de lo dispuesto en el presente artículo, no será de
aplicación la retención establecida en el artículo 2° del Decreto N° 528/003 de 23 de diciembre de 2003. (*)

(*)Notas:
Agregado/s por: Decreto Nº 266/016 de 29/08/2016 artículo 5.
Ayuda