APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BANCO HIPOTECARIO DEL URUGUAY. EJERCICIO 1999




Promulgación: 30/10/1998
Publicación: 20/11/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1998
  •    Página: 1012
Referencias a toda la norma

Artículo 7

Cuando se resuelva abonar alguno de los complementos o beneficios
sociales establecidos en estas Normas, sin disponer su vigencia, entenderá
que su liquidación corresponde desde el primer día del mes siguiente a la
fecha de la Resolución.
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