EXHORTACION A UTE A ADMITIR LOS CERTIFICADOS DE COMPONENTE NACIONAL DE LA INVERSION VINCULADOS A LOS CONTRATOS DE COMPRAVENTA DE ENERGIA ELECTRICA DE FUENTE RENOVABLE




Promulgación: 20/11/2017
Publicación: 27/11/2017
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: el procedimiento de certificación de componente nacional de la inversión en proyectos de adquisición de energía eléctrica de fuente renovable.

   RESULTANDO: I) que el Decreto N° 78/016 de 14 de marzo de 2016, exhortó a la Administración Nacional de Usinas y Transmisiones Eléctricas a admitir certificados de componente nacional de la inversión expedidos por la Cámara de Industrias del Uruguay, vinculados a contratos promovidos por el Poder Ejecutivo para la adquisición de energía eléctrica de fuente renovable, y a sus ampliaciones;

   II) que se entiende conveniente extender la exhortación para otros contratos de compraventa de energía eléctrica de fuente renovable celebrados por la Administración Nacional de Usinas y Transmisiones Eléctricas.

   CONSIDERANDO: que corresponde ampliar la exhortación realizada por el Decreto N° 78/016 de 14 de marzo de 2016.

   ATENTO: a lo expuesto;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Exhórtase a la Administración Nacional de Usinas y Transmisiones Eléctricas a admitir los certificados de componente nacional de la inversión expedidos por la Cámara de Industrias del Uruguay, vinculados a contratos de compraventa de energía eléctrica de fuente renovable que no se encuentran incluidos en el artículo 1 del Decreto N° 78/016 de 14 de marzo de 2016.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2.

   TABARÉ VÁZQUEZ - CAROLINA COSSE
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