APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE VIVIENDA. EJERCICIO 2021




Promulgación: 22/09/2021
Publicación: 01/10/2021
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

Artículo 38

   COMPLEMENTO EX EMPLEADOS DEL BANCO LA CAJA OBRERA (045013). Los funcionarios del Escalafón Ley N° 18.125, de 27 de abril de 2007, ex empleados del Banco La Caja Obrera continuarán percibiendo el complemento salarial consistente en la diferencia entre el sueldo de incorporación (grado 5) y la retribución que percibían, de acuerdo al convenio firmado en noviembre de 2001 entre el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas, y la Asociación de Empleados Bancarios del Uruguay. Dicho complemento se reajusta en la misma oportunidad y porcentajes que los salarios. 
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