REGLAMENTACION DE EXONERACION TRIBUTARIA A LA ACTIVIDAD FORESTAL




Promulgación: 10/06/1976
Publicación: 16/06/1976
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1976
  •    Página: 1241
Referencias a toda la norma

APLICACION DE BENEFICIOS AL AMPARO DE OTRAS DISPOSICIONES LEGALES

Artículo 11

   Inspecciones.- La Dirección Forestal, Parques y Fauna, podrá realizar
inspecciones para comprobar el cumplimiento del proyecto de forestación
presentado por el beneficiario, así como la ejecución del plan de manejo y
ordenación para las operaciones culturales, de explotación y regeneración
del bosque.

   En caso de comprobarse incumplimiento, realizará la anotación
respectiva en el Registro de Bosques y formulará las denuncias
correspondientes ante los Organismos competentes para la aplicación de las
sanciones previstas en el artículo anterior.
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