VII CENSO GENERAL DE POBLACION, III DE HOGARES Y V DE VIVIENDAS - DECLARACION DE FERIADO NO LABORABLE "DIA DEL CENSO"




Promulgación: 31/08/1995
Publicación: 14/09/1995
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1995
  •    Página: 275

CAPITULO IV - DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 17

    En el Departamento de Montevideo y secciones periféricas de Canelones,
los Jerarcas de los Servicios Públicos suministrarán al Instituto Nacional
de Estadística la lista de funcionarios en condiciones de asumir las
tareas de empadronamiento.
 Suministrarán asimismo local y horario para las sesiones de
adiestramiento y formarán los grupos de instrucción correspondiente de
acuerdo a las recomendaciones del Instituto Nacional de Estadística.
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