Desígnanse miembros alternos de la Delegación de la República ante el Grupo Mercado Común a un representante del Ministerio de Relaciones Exteriores, quien se desempeñará como Coordinador Nacional Alterno de dicha Delegación, a un representante del Ministerio de Economía y Finanzas y a un representante del Banco Central del Uruguay, quienes serán designados por sus respectivas autoridades. (*)
(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Nº 250/016 de 08/08/2016 artículo 2.
TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 330/996 de 27/08/1996 artículo 3.