CREACION DE LA SECCION NACIONAL DEL GRUPO COMUN DEL MERCOSUR




Promulgación: 27/08/1996
Publicación: 03/09/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1996
  •    Página: 277

Artículo 4

   Desígnanse Asesores de la Delegación del Uruguay en el Grupo Mercado Común a los representantes del Ministerio de Industria, Energía y Minería, del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca y a los representantes de aquellas oficinas públicas que se estimen necesarios en función de la temática a analizar en el seno del mismo, quienes serán designados por sus respectivas autoridades. (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Nº 250/016 de 08/08/2016 artículo 3.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 330/996 de 27/08/1996 artículo 4.
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