Lo establecido en el artículo anterior en cuanto a la limitación impuesta, no afecta los servicios con los que dichas Instituciones
cuenten actualmente, tanto se encuentren habilitados o en trámite de habilitación a la fecha de vigencia del presente Decreto. (*)
(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Nº 8/011 de 14/01/2011 artículo 2.
TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 8/011 de 14/01/2011 artículo 3.