AMPLIACION DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO




Promulgación: 17/09/1982
Publicación: 01/10/1982
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1982
  •    Página: 454

Artículo 2

  Los empleados referidos, en tanto perciban salarios por las tareas a
cargo del Estado, no tendrán derecho a la prestación por desempleo.
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