APROBACION DE LA DISTRIBUCION DE JURISDICCIONES CONSULARES




Promulgación: 14/11/2014
Publicación: 24/11/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2014
  •    Página: 933
Referencias a toda la norma

Artículo 3

   Las jurisdicciones establecidas no podrán utilizarse como argumento para negar servicios consulares a quienes lo soliciten. Cuando las normas nacionales o internacionales, impidan la prestación de un servicio, los funcionarios que reciben la solicitud extremarán esfuerzos para orientar a los solicitantes y ponerlos en comunicación con la oficina competente.
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