FIJACION DEL PRECIO DE LA LECHE. JULIO 1986




Promulgación: 01/07/1986
Publicación: 06/08/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

Artículo 3

   Extiéndase a todas las usinas pasteurizadoras del país la obligación
del aporte del 0,75% (cero como setenta y cinco por ciento) del precio 
al productor de leche para el consumo a que se refiere el artículo 9 de la
resolución del Poder Ejecutivo 2.291/974, de 9 de noviembre de 1974.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 4.
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