MODIFICACION DE LA CONVENCION UNICA SOBRE ESTUPEFACIENTES DE 1961




Promulgación: 11/11/2019
Publicación: 06/12/2019
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 3

   Modifícase el Cuadro I de la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas de 1988, incorporada en nuestro país por Ley N° 16.579 de 21 de setiembre de 1994, para incluir las siguientes sustancias:

*  3,4-MDP-2-P metilglicidato de metilo (PMK metilglicidato de metilo)
   (todos los estereoisómeros)
*  ácido 3,4-MDP-2-P metilglicídico (ácido PMK metilglicídico) (todos los
   estereoisómeros)
*  alfa-fenilacetoacetamida (APAA) (todos los estereoisómeros).
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