FIJACION DE TARIFAS DEL TRANSPORTE COLECTIVO DE PASAJEROS




Promulgación: 28/07/1994
Publicación: 08/08/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

Artículo 6

    Fíjase en $ 32,50 (pesos uruguayos treinta y dos con cincuenta
centésimos), el valor de la Unidad Sectorial de Transporte a los efectos
del pago de las sanciones impuestas con anterioridad a la vigencia del
Decreto de 11 de Febrero de 1992. 
Ayuda