MODIFICACION AL REGLAMENTO BROMATOLOGICO NACIONAL. ENCURTIDOS




Promulgación: 27/08/2002
Publicación: 02/09/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2002
  •    Página: 498
                                            
VISTO: el Reglamento Bromatológico Nacional aprobado por el Decreto No. 
315/994 de 5 de julio de 1994;

CONSIDERANDO: I) que la Comisión Técnica Asesora en Materia de Alimentos 
eleva propuesta de modificación del Artículo 20.6.8 de la Sección 6 - 
Encurtidos - del Capítulo 20 Frutas, Hortalizas y Derivados;

II) que la misma fue aprobada por la unanimidad de todos sus miembros;

ATENTO: a lo expuesto;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 DECRETA:                                 

Artículo 1

 Modifícase el artículo 20.6.8 de la Sección 6 - Encurtidos - del 
Capítulo 20 Frutas, Hortalizas y Derivados del Reglamento Bromatólogico 
Nacional (Decreto No. 315/994 de 5 de julio de 1994), el que quedará 
redactado de la siguiente manera: (*)

(*)Notas:
Ver: Texto.

BATLLE - ALFONSO VARELA - ALEJANDRO ATCHUGARRY - SERGIO ABREU - GONZALO 
GONZALEZ


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