(Cometidos) La Unidad Técnica Nacional tendrá los siguientes cometidos:
a) supervisar y coordinar técnica y administrativamente la
instrumentación del Programa, y ejecutar en forma directa las actividades
que le son asignadas en el Reglamento Operativo (RO) y que se le asignen
en el futuro;
b) asesorar a la Secretaría de la Presidencia acerca de la evolución del
Programa y su compatibilidad con los lineamientos estratégicos y de
política definidos por el Gobierno;
c) realizar un Plan Nacional de Infancia y Adolescencia en coordinación
con las diferentes organizaciones públicas y privadas;
d) elaborar y presentar al Banco Interamericano de Desarrollo los Planes
Operativos Anuales (POAs) previa aprobación de la Secretaría de la
Presidencia durante cada año de ejecución del Programa, y elaborar y
presentar al Banco los informes de progreso de la ejecución del Programa
en forma semestral;
e) coordinar la ejecución, seguimiento y posterior evaluación de las
actividades del Programa, y asegurar que el Programa se ejecute dentro de
las normas contractuales acordadas entre el Banco y el Gobierno del
Uruguay;
f) proponer a la Secretaría de la Presidencia los convenios de
participación interinstitucional, y las modificaciones al Reglamento
Operativo (RO);
g) convocar y seleccionar las instituciones nacionales que actuarán como
dinamizadores de la Red local y que cumplirán las funciones de nexo con
el Programa; y supervisar el funcionamiento de dichas instituciones;
h) articular y apoyar técnicamente y administrativamente al Comité
Técnico de Coordinación;
i) promover, y diseñar acuerdos interinstitucionales;
j) formular políticas operativas y procedimientos para el Programa;
k) mantener los registros contables, financieros y la documentación de
soporte, relacionadas con la administración de los recursos del
Programa;
l) realizar todas las actividades necesarias para la obtención en tiempo
y forma de las evaluaciones de los Proyectos que se presenten en el marco
del Programa;
m) generar y proponer normas y acciones en las áreas de intervención;
n) seleccionar y proponer la contratación del personal necesario para su
funcionamiento;
o) controlar la correcta ejecución técnica y financiera de las
actividades realizadas en el marco del Programa, ya sea con recursos
nacionales o con recursos provenientes de préstamos o donaciones
internacionales, y cumplir con los procedimientos de adquisiciones de
bienes, servicios de consultoría y obras establecidos por el Banco, así
como autorizar los pagos conforme al cumplimiento de los mismos;
p) tramitar las solicitudes de desembolsos al Banco de los recursos del
financiamiento así como la obtención de los recursos correspondientes a
la contrapartida nacional y efectuar la administración financiera del
Programa; y previa intervención del ordenador competente, disponer los
pagos; y
q) confeccionar y mantener actualizado un Registro énico de Beneficiarios
del Programa.