La Secretaría de la Presidencia de la República, como Organismo Ejecutor
del Programa tendrá a su cargo la dirección del Programa de acuerdo a lo
establecido en la cláusula 2.44 del Anexo A del Contrato de Préstamo Nº
1434/OC-UR celebrado entre la República Oriental del Uruguay y el Banco
Interamericano de Desarrollo (BID).