APROBACION DEL PLAN DE INVERSIONES PUBLICAS DE LA ANP. EJERCICIO 1985




Promulgación: 02/07/1986
Publicación: 24/10/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

Artículo 26

   La Administración Nacional de Puertos dispondrá la distribución de las
partidas establecidas en el artículo 1º de acuerdo con la apertura
programática y renglonaria y comunicará las mismas a la Oficina de
Planeamiento y Presupuesto en un plazo de 30 días a partir de la
publicación de este decreto. 
Referencias al artículo
Ayuda