Inmediatamente de aprobadas las regularizaciones a que refiere el
artículo precedente, y como consecuencia necesaria de ellas, se suprimirán
de los subrubros 02 y 03 los montos mensuales y anuales correspondientes a
las retribuciones que percibían los funcionarios regularizados,
comunicándose las economías resultantes a la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto.