COMERCIO EXTERIOR. INDUSTRIA AUTOMOTRIZ. TRIBUTOS. IMPORTACIONES




Promulgación: 22/07/1987
Publicación: 21/08/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1987
  •    Página: 91

Artículo 2

    El Centro Nacional de Política y Desarrollo Industrial será el
encargado de controlar el grado de desarme expresado, en los embarques de
kits de motores.
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