REGLAMENTACION DE LOS COMETIDOS Y ATRIBUCIONES DEL CUERPO NACIONAL DE GUARDAPARQUES




Promulgación: 16/12/2015
Publicación: 24/12/2015
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.234 de 22/02/2000 artículo 21.
Referencias a toda la norma

CAPITULO IV - DISPOSICIONES VARIAS:

Artículo 14

   (Disposición transitoria): A partir de la vigencia del presente Decreto y hasta la habilitación de por lo menos 10 (diez) Guardaparques por parte del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, se considerarán miembros de la Comisión Coordinadora del Cuerpo Nacional de Guardaparques, los miembros designados por dicho Ministerio, que cuenten con al menos 5 (cinco) años de experiencia como Guardaparques en Áreas Naturales Protegidas que integran el Sistema Nacional de Áreas Protegidas.-
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