REGLAMENTACION DE LOS COMETIDOS Y ATRIBUCIONES DEL CUERPO NACIONAL DE GUARDAPARQUES




Promulgación: 16/12/2015
Publicación: 24/12/2015
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.234 de 22/02/2000 artículo 21.
Referencias a toda la norma

CAPITULO I - DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 2

   (Atribuciones): Establézcanse como atribuciones del Cuerpo Nacional de Guardaparques:
   a) Ejercer los cometidos asignados al mismo.
   b) Actuar como órgano consultivo y de asesoramiento de los Guardaparques en el ejercicio de sus funciones, de las entidades administradoras de las áreas protegidas, y, en general, de los órganos relacionados con el Sistema Nacional de Áreas Protegidas.
   c) Proponer, a través de la Dirección Nacional de Medio Ambiente, la aprobación de normas, proyectos y demás iniciativas que contribuyan al cumplimiento de sus cometidos específicos y, en general, al logro de los fines del Sistema Nacional de Áreas Protegidas.
   d) Identificar y proponer lineamientos de coordinación con organismos públicos o privados, nacionales e internacionales, que tengan relación con sus cometidos.-
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