(Competencias de la Comisión Coordinadora): Corresponde a la Comisión Coordinadora del Cuerpo Nacional de Guardaparques:
a) Aprobar su reglamento de funcionamiento.
b) Representar al Cuerpo Nacional de Guardaparques, a través del Presidente de la Comisión o de quien se designe al efecto.
c) Adoptar y ejecutar las decisiones necesarias o convenientes para el cumplimiento de los cometidos del Cuerpo Nacional de Guardaparques.
d) Elaborar el plan y la memoria anual de actividades del Cuerpo Nacional de Guardaparques.
e) Considerar los temas incluidos en el orden del día.-