REGLAMENTACION DE LOS COMETIDOS Y ATRIBUCIONES DEL CUERPO NACIONAL DE GUARDAPARQUES




Promulgación: 16/12/2015
Publicación: 24/12/2015
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.234 de 22/02/2000 artículo 21.
Referencias a toda la norma

CAPITULO III - DE LOS GUARDAPARQUES:

Artículo 8

(Derechos de los Guardaparques): Son derechos de los Guardaparques, integrantes del Cuerpo Nacional de Guardaparques:
   a) Participar en las actividades del Cuerpo Nacional de Guardaparques, y ser elegibles para integrar la Comisión Coordinadora.
   b) Participar en los cursos y demás mecanismos de capacitación brindados, necesarios para su perfeccionamiento profesional, a los efectos de lograr un mejor desempeño de sus funciones.
   c) Recibir directamente del director o de la entidad administradora del área en la que se encuentre asignado, así como de otras autoridades competentes, el auxilio necesario para el cumplimiento de sus funciones y la adecuada defensa del área natural protegida correspondiente.
   d) Contar con el equipamiento necesario para cumplir las tareas encomendadas, de acuerdo a las necesidades y características del área natural protegida asignada.
   e) Ser evaluado y participar del sistema de evaluación de desempeño que sea implementado.-
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