El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: el Título II de la Ley N° 19.820, de 18 de setiembre de 2019 y el Decreto N° 399/019, de 23 de diciembre de 2019, que establecen el régimen regulatorio de las sociedades por acciones simplificadas;
RESULTANDO: I) que el artículo 32 del mencionado Decreto reglamenta aspectos del procedimiento para la aplicación de la exoneración impositiva aplicable a las conversiones de empresas unipersonales en sociedades por acciones simplificadas realizadas en el plazo de doce meses contados a partir del 1° de enero de 2020;
II) que el artículo 8° de dicho Decreto dispone que el procedimiento de inscripción de las conversiones se inicia con su presentación ante la Dirección General de Registros;
III) que se han presentado problemas de orden práctico, ajenas a la voluntad del contribuyente, que han dificultado la posibilidad de ampararse a la exoneración referida en tiempo y forma;
CONSIDERANDO: que las dificultades presentadas justifican la necesidad de complementar las referidas disposiciones reglamentarias, y la definición del horizonte temporal a los efectos de la aplicación de la exoneración impositiva;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
actuando en Consejo de Ministros
DECRETA:
LACALLE POU LUIS - JORGE LARRAÑAGA - CAROLINA ACHE - AZUCENA ARBELECHE - JAVIER GARCÍA - PABLO DA SILVEIRA - LUIS ALBERTO HEBER - OMAR PAGANINI - PABLO MIERES - DANIEL SALINAS - CARLOS MARÍA URIARTE - GERMÁN CARDOSO - IRENE MOREIRA - PABLO BARTOL; ADRIAN PEÑA