REGLAMENTACION SOBRE LA OFERTA PUBLICA DEL MERCADO DE VALORES




Promulgación: 28/08/1996
Publicación: 11/09/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1996
  •    Página: 640
Reglamentario/a de: Ley Nº 16.749 Derogada/o de 30/05/1996.
Referencias a toda la norma

CAPITULO III - PUBLICIDAD

Artículo 21

PUBLICIDAD, VERACIDAD. La publicidad de la oferta pública de valores y en
general, la información que se difunda a su respecto, deberá ser veraz y
adecuada a las circunstancias. Se prohíbe que en cualquiera de ellas se
oculten total o parcialmente elementos informativos significativos para el
análisis de la inversión o se empleen referencias inexactas o expresiones
susceptibles de generar error, engaño o confusión en el público respecto a
cualquier característica de los valores de oferta pública o de sus
emisores.
Referencias al artículo
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