El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Artículo 37
PERSONAL NO INCORPORADO EN LA ESTRUCTURA VIGENTE. El personal que ocupaba el cargo Contador A5 reglamentado en los Artículos 36° al 38° inclusive del Decreto 39/2018, pasará a ocupar un cargo de Analista II - GEPU 44, manteniendo el grado de cobro que percibía al 31 de diciembre de 2018, suprimiéndose la vacante generada de Contador A5. Las partidas que por concepto de compensaciones adicionales percibía dicho personal a esa fecha, pasarán a conformar la compensación personal por reestructura establecida en el Artículo 21°.