APROBACION DE REESTRUCTURA PRESUPUESTAL Y RACIONALIZACION ADMINISTRATIVA DE LA CAJA DE COMPENSACIONES POR DESOCUPACION DE LA INDUSTRIA FRIGORIFICA




Promulgación: 13/06/1979
Publicación: 04/07/1979
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1979
  •    Página: 1869
 Visto: el Proyecto de Reestructura y Racionalización Administrativa del
Inciso 30 "Caja de Compensaciones por Desocupación en la Industria
Frigorífica", elevado a consideración del Poder Ejecutivo.

 Resultando: I) Que dicho Inciso envió en plazo el Proyecto de Reestructura de sus servicios;

 II) Que la Comisión a que se refiere el artículo 2º de la ley 14.800
aconsejó al Ministro de Economía y Finanzas y al Secretario de SEPLACODI,
su aprobación por el Poder Ejecutivo.

 Considerando: que el Proyecto de referencia no produce lesión de derechos
funcionales y la partida utilizada no supera el tope legal.

 Atento: a lo dispuesto por el artículo 2 de la ley 14.800 de 20 de junio
de 1978,

 El Presidente de la República

                                 DECRETA:

Artículo 1

  Apruébase la Reestructura Presupuestal y Racionalización Administrativa
de los Programas 1.01 "Conducción y Coordinación Técnico Administrativo de
la Seguridad Social", - "Desocupación del Afiliado y su Seguridad" del
Inciso 30 en cuyo proyecto se encuentran incluidos los antecedentes
respectivos.

Artículo 2

  Los cargos presupuestales de los referidos Programas pasarán a ser los
siguientes:

 Programa 1.01 - "Conducción y Coordinación Técnico Administrativo de la

                 Seguridad Social, Desocupación en la Industria

                 Frigorífica".

 Unidad Ejecutora: Caja de Compensaciones por Desocupación en la Industria
Frigorífica.

  Nº
Cargos           Denominación                    Esc.          Grado
  ---                ------                      ---            ---

 1              Presidente...................    Ab             E7
 1              Director General.............    Ab             E7
 1              Subdirector General (se
                suprime al vacar)............    Ab             E6
---
 3

 Programa 1.02 - "Compensación por Desocupación del Afiliado y su

                 Seguridad".

 Unidad Ejecutora: Caja de compensaciones por Desocupación en la Industria
Frigorífica.

  Nº
Cargos          Denominación                     Esc.          Grado
 ---                -----                        ---            ----

 1           Asesor I Abogado.................   AaA             E2
 1           Técnico I Médico (se suprime al
             vacar)...........................   AaA             03
 1           Técnico II Médico (se suprime al
             vacar)...........................   AaA             02
 1           Técnico Ayudante I Procurador....   AaB             06
 3           Director de División.............   Ab              E4
 6           Director de Departamento.........   Ab              E3
12           Jefe de Sección..................   Ab              E2
10           Administrativo I.................   Ab              12
 9           Administrativo II................   Ab              11
 7           Administrativo III...............   Ab              10
 5           Administrativo IV................   Ab              09
 4           Administrativo V.................   Ab              08
 1           Administrativo VII...............   Ab              06
 1           Asesor I (al vacar Asesor I Con-
             tador AaA E2) ...................   AcC             E5
 1           Especialista I Taquígrafo ( se
             suprime al vacar)................   AcC             E1
 1           Intendente.......................   Ad              E5
 1           Sub-Intendente (se suprime al
             vacar) ............................ Ad              E5

 1           Auxiliar I......................... Ad              E4
 1           Auxiliar II........................ Ad              E3
 1           Auxiliar III....................... Ad              E2
 3           Auxiliar IV (2 se suprimen al
             vacar)............................. Ad              E1
 1           Auxiliar V (se suprime al vacar)... Ad              07
---
72

 Las asignaciones de los cargos aprobados en esta Reestructura, serán
determinadas por la Contaduría General de la Nación en función de las
retribuciones que correspondan a la fecha en vigencia de la misma.

Artículo 3

  La aplicación de lo dispuesto precedentemente no puede significar
disminución de las actuales remuneraciones de los funcionarios de las
citadas Unidades Ejecutoras.

Artículo 4

           Apruébase la estructura orgánico - administrativa de las
Unidades Ejecutoras del Inciso 30 que figura en los antecedentes glosados 
a este decreto.

Artículo 5

  La presente reestructura tendrá vigencia desde el día 1 de abril de 1979, debiéndose efectuar las regularizaciones a que ella obligue, dentro 
de los sesenta días a contar desde su vigencia. Tales regularizaciones 
regirán desde la fecha de vigencia de la reestructura.

Artículo 6

  La planilla de cargos, que forma parte de esta reestructura será ajustada al patrón existente a la fecha de vigencia de la misma, de 
acuerdo con las supresiones de cargos operadas por pase a disponibilidad 
simple y por redistribución, así como por incorporaciones de cargos.

Artículo 7

  La Contaduría General de la Nación, según los antecedentes adjuntos,
ajustará los créditos presupuestales del Rubro 0, necesario para la
aplicación de la presente reestructura.

Artículo 8

           Dentro de los ciento ochenta días de publicado el presente
decreto, las Unidades Ejecutoras deberán presentar el nuevo Reglamento
Orgánico Funcional de sus dependencias y el manual de descripción y
especificación de cargos, los que serán aprobados por la autoridad
competente, previo informe favorable de la Secretaría de Planeamiento,
Coordinación y Difusión.

Artículo 9

           Dése cuenta al Consejo de Estado.

Artículo 10

            Comuníquese, publíquese, etc.

MENDEZ - ERNESTO ROSSO - ALFREDO BAEZA ACCOSSANO
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