AUTORIZACION A EFECTUAR DURANTE 1980 EL CENSO GENERAL AGROPECUARIO DE LA REPUBLICA




Promulgación: 09/06/1980
Publicación: 14/07/1980
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1980
  •    Página: 1272

Artículo 4

   Los elementos de transporte de que dispone el Ministerio de Agricultura
y Pesca quedarán afectados a las tareas inherentes al levantamiento del
Censo General Agropecuario, durante el período en que éste se realice,
salvo en los casos de excepción que determine en oportunidad dicha
Secretaría de Estado.
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