EXCEPCION AL REGIMEN DE ENAJENACION DE BIENES DEL ESTADO




Promulgación: 27/08/1984
Publicación: 05/09/1984
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1984
  •    Página: 477

Artículo 3

   La utilización del fondo referido en el presente Decreto deberá
ajustarse a las normas generales que regulan el Gasto Público y, en
particular, los lineamientos dispuestos en los Planes de Inversiones
Públicas.
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