VISTO: la solicitud de la Administración Nacional de Usinas y
Trasmisiones Eléctricas (UTE), tendiente a que se deje sin efecto el
Decreto del Poder Ejecutivo de fecha 19 de enero de 2000, donde se
designa para ser expropiada por causa de utilidad pública, una fracción
de 1 Há 8875 m2 del inmueble padrón Nº 16726 (p), ubicado en la 8ª
Sección Judicial del Departamento de Colonia.
RESULTANDO: I) por Resolución del Directorio de la UTE, de fecha 4 de
noviembre de 1998, se acordó solicitar al Poder Ejecutivo dejar sin
efecto la expropiación de que se trata, en virtud de haber encontrado una
solución económicamente más beneficiosa para la instalación de la
Estación Reductora de 150 KV, que se llevaría a cabo en el mencionado
inmueble;
II) la Asesoría Jurídica considera que de acuerdo a lo solicitado por el
Ente Energético, correspondería propiciar ante el Poder Ejecutivo, la
desafectación del inmueble referido.
CONSIDERANDO: que nada obsta para proceder al dictado de la resolución
pertinente.
ATENTO: a lo expuesto.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Déjase sin efecto el Decreto del Poder Ejecutivo de fecha 19 de enero de
2000, donde se designa para ser expropiada por causa de utilidad pública,
una fracción de 1 Há 8875 m2 del inmueble padrón Nº 16.726 (p) ubicado en
la 8ª Sección Judicial del Departamento de Colonia, para la instalación
de una Estación Reductora de 150 KV.