A partir de la publicación en el Diario Oficial del presente Decreto, dejarán de ser aplicables los Decretos N° 856/986, de 18 de diciembre de 1986; N° 354/990, de 8 de agosto de 1990; N° 356/990, de 8 de agosto de 1990; N° 156/991, de 13 de marzo de 1991; N° 241/991, de 8 de mayo de 1991 y N° 110/995, de 24 de febrero de 1995, en lo que refiere a aspectos de registro de empresas industriales y comerciales intervinientes en las diferentes actividades objeto de la competencia del INAC.